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    Auto Supremo AS/0913/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0913/2016-RRC

    Fecha: 18-Nov-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Del memorial de casación presentado el 24 de junio de 2016, cursante de fs
    • b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la víctima Erlinda Sánchez Paucaro
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 611/2016-RA de 18 de agosto
    • La recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado en su considerando segundo, argumentó que
    • En el mismo ámbito, alega que el Tribunal de alzada al rechazar su recurso de
    • Por lo expuesto, la recurrente solicita que, con la facultad conferida por el art
    • I.2. Admisión del recurso
    • autor, extrañando de sobremanera que en la “Anulada” Sentencia de febrero 15 de 2016, nada
    • 2)Denuncia defecto absoluto en la Sentencia recurrida, por haber incurrido en el art
    • Culminando pidiendo que se anule la Sentencia condenatoria, disponiendo el rechazo del procedimiento abreviado por
    • ingrese a resolver el fondo del asunto, tampoco refirió al norma violada y menos la
    • A través de escrito de 2 de junio de 2016, la víctima, actual recurrente, fundamentó:
    • a) En cuanto a la fundamentación de violación o errónea aplicación de las normas que
    • b) En cuanto a la aplicación que se pretende, este requisito está referido a cómo
    • c) En ese marco, establece que la recurrente, al margen de no haber cumplido en
    • d) Siendo que el Tribunal de apelación está obligado a conferir solamente lo que se
    • Debe considerarse que, este Tribunal estableció los siguientes lineamientos en cuanto al juicio de admisibilidad
    • El principio de interpretación más favorable a la admisión del recurso
    • Principio de proporcionalidad
    • c) Principio de subsanación
    • refirió la norma habilitante; sin embargo, al referirse al art
    • En cuanto al segundo motivo de apelación, en el que específicamente denunció la presencia de
    • su ejercicio o restituirlos, posición que este Tribunal de casación asumió en los casos en
    • En ese marco, en autos se advierte que la impugnación de la recurrente de apelación
    • En mérito a ello, en esta parte del análisis resulta cierta la lesión de los
    • En aplicación del art
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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