Auto Supremo AS/0913/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0913/2016-RRC

Fecha: 18-Nov-2016

d) Siendo que el Tribunal de apelación está obligado a conferir solamente lo que se


d) Siendo que el Tribunal de apelación está obligado a conferir solamente lo que se le pidió, de ahí su gran importancia, concluye que la apelación restringida incoada incumple con los requisitos de forma que hacen y están vinculados al fondo, por lo que dicho Tribunal se consideró imposibilitado de analizar el fondo de la problemática planteada, al no poder suplir la impericia del apelante, situación que hace necesario reiterar sobre la determinación de los requisitos de forma para la apelación restringida; consiguientemente, los mencionados requisitos al tener la finalidad de que el Juzgador no tenga que indagar qué es lo que quiso decir el recurrente, los mismos deben estar claros, debidamente fundamentados y cumplidos de acuerdo a la exigencia del art. 408 del CPP. Al no haberse acogido ninguno de los motivos de impugnación, corresponde mantener la Sentencia incólume