Auto Supremo AS/0913/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0913/2016-RRC

Fecha: 18-Nov-2016

En mérito a ello, en esta parte del análisis resulta cierta la lesión de los


Por otra parte, se aclara a la recurrente que, ante la denuncia específica de lesión de derechos y garantías efectuada, no es posible exigir al Tribunal de apelación un pronunciamiento de oficio y en mérito a ello la declaratoria de admisibilidad del recurso, porque una vez puesta la denuncia a conocimiento del Tribunal, éste tiene la obligación de efectuar el análisis de admisión primeramente para luego recién ingresar al fondo de la causa, si amerita el caso; consistiendo el pronunciamiento de oficio sobre cuestiones no impugnadas en el recurso pero sí advertidas por el Juzgador, por lo que la alusión de una resolución de oficio alegado por la parte recurrente, carece de logicidad.

En mérito a ello, en esta parte del análisis resulta cierta la lesión de los derechos de la recurrente con la emisión del Auto de Vista recurrido, que declaró inadmisible el recurso de apelación restringida, no obstante la denuncia clara y fundamentada de lesión de derechos y garantías, correspondiendo declarar fundado el motivo de casación, en los límites establecidos precedentemente