Auto Supremo AS/0065/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0065/2016

Fecha: 19-Feb-2016

Por su parte, el art

El art. 53 señala: “La Empresa aplicará a los trabajadores que comentan infracción al presente reglamento y conforme a su gravedad una de las siguientes sanciones:
“Inc. d) retiro definitivo”
Por su parte, el art. 59.c) del mismo reglamento establece: “La Legislación Social vigente reconoce las siguientes modalidades de retiro:
c).- Retiro intempestivo o forzoso sin goce de beneficios sociales”
Por su parte el art. 62 del mismo Reglamento Tipo señala: “El retiro intempestivo y forzoso sin beneficios sociales procede cuando el trabajador ha incurrido en cualquiera de las causales establecidas en el art. 16 de la Ley General del Trabajo, modificado por la Ley de 23 de noviembre de 1944, en su art. 2 y 9 del Decreto Supremo de 23 de agosto de 1943, que reglamenta la Ley General del Trabajo, cuyos alcances, además, se interpreta o aclara en este reglamento”