Auto Supremo AS/0110/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0110/2016-RRC

Fecha: 16-Feb-2016

1) Los recurrentes denuncian que el Auto de Vista al confirmar la Sentencia incurrió en

1) Los recurrentes denuncian que el Auto de Vista al confirmar la Sentencia incurrió en el defecto previsto en el art. 370 inc. 1) CPP; puesto que, en el primer punto apelado se extrañó la errónea aplicación de los incs. 2) y 5) del art. 252 del CP, aspecto a decir de los recurrentes no fue considerado de forma imparcial por el Tribunal de alzada, ya que los elementos probatorios del Ministerio Público y acusación particular estuvieron dirigidos a demostrarlos, para lo cual, procedió a explicar su adecuación a los hechos fácticos, afirmando que ambos incisos son independientes entre sí y no son condicionantes entre ellos; empero, este agravio fue rechazado por el Tribunal de alzada, porque no se habría inobservado la ley sustantiva, cuando el agravio se refiere a que se incurrió en contradicción con los precedentes invocados en su recurso de apelación restringida, ya que la acusada es absuelta sin especificar por cuál de los incisos señalados, tampoco existe fundamento en base a los elementos de prueba judicializados, omisión que es confirmada por el Tribunal de alzada vulnerando el art. 359 inc. 2) del CPP y aclaran también que no pidieron que el Tribunal Ad quem revise cuestiones de hecho como erróneamente los valoró, invocan como precedente contradictorio el Auto Supremo 074/2013 de 20 de marzo