Auto Supremo AS/0113/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0113/2016-RRC

Fecha: 17-Feb-2016

3) Sobre la denuncia de vulneración de garantías fundamentales como el debido proceso, para encontrar


3) Sobre la denuncia de vulneración de garantías fundamentales como el debido proceso, para encontrar un fundamento que no sólo sea válido; sino, necesario a la reflexión en un recurso de apelación restringida en relación a una Sentencia condenatoria por la que una persona deba sufrir la privación de libertad de cuatro años y cuatro meses de reclusión, dicha Sentencia debe cumplir con dos aspectos: primero, estableciendo la participación criminal en el grado de autoría, complicidad o instigación de quien adquiere la calidad de condenado y segundo, fundar adecuadamente las razones por las que la penalidad establecida resulta proporcional al hecho cometido; entonces del examen del contenido de la Sentencia se encuentran omisiones, no solamente insalvables; sino, inconcebibles en un sistema de administración de justica honesta y eficaz. Uno de los parámetros para considerar la efectivización del derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho de recurrir es que toda resolución contenga una motivación coherente con el ordenamiento jurídico; en ese entendido, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados debiendo expresar el juez o tribunal sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión, con ello se tendrá cumplido el debido proceso, el derecho de recurrir y por supuesto la tutela judicial efectiva. El Tribunal de sentencia omite establecer en la parte dispositiva el grado de participación de la imputada, no especifica si la condena obedece a una autoría (art. 20 del CP), complicidad (art. 23 del CP), o instigación (art. 22 del CP), lo que permite dejar constancia que el requisito previo a la imposición de la pena es establecer el grado de participación del sujeto activo, omisión que infringe la más elemental regla de motivación de una sentencia condenatoria ya que si el Tribunal de juicio decidió la privación de libertad de la acusada por un tiempo de cuatro años y cuatro meses estableciendo la comisión del delito de Estafa cuya penalidad máxima está prevista en cinco años de privación de libertad, correspondía establecer el grado de participación