Auto Supremo AS/0113/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0113/2016-RRC

Fecha: 17-Feb-2016

Por otro lado, del actuado judicial de conciliación y de la declaración de los testigos


Por otro lado, del actuado judicial de conciliación y de la declaración de los testigos Gladiz Villca Mamani Vda. de Fábrica, que señaló que su cuñado le dijo del lote en venta y que “ellos fueron a ver” (sic), los testigos Alejandra Villca Mamani y David Hernán Fernández Oyardo, señalaron que hubo un compromiso entre ambos de entregar la documentación en tres días; asimismo, el testigo Gualberto Bautista Cassia, manifestó que “se apersonó voluntariamente a la casa de Francisca” (sic), deduce que anulan la existencia de engaños y artificios, elementos constitutivos del tipo penal de Estafa; a cuyo efecto, cita la doctrina legal aplicable que consta en el Auto Supremo 43 de 27 de enero de 2007, afirmando que en base a la doctrina legal asumida, referida a la existencia de los referidos elementos componentes del delito de Estafa, los Vocales debieron analizar la existencia de la mala ponderación de la prueba para acreditar su concurrencia; por cuanto, los hechos no se subsumen en el mismo