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4. Que el Tribunal de Alzada, a tiempo de confirmar la sentencia, habría aplicado erróneamente el incremento salarial, vulnerando las Resoluciones del Ministerio del Trabajo No 396/10 de 28 de mayo de 2010, 189/11 de 29 de marzo de 2011 y 335 de 28 de mayo de 2012; puesto que, a lo largo del proceso habrían manifestado que no existió relación laboral entre las partes; en ese sentido, pretender otorgar dichos incrementos salariales aplicando extensivamente las resoluciones que, en el caso sería inaplicables para el demandante; puesto que al actor no se le puede aplicar supuesto promedio de comisiones y convertir las mismas en un ingreso fijo que no corresponden
- VISTOS: Por una parte, el recurso de casación en la forma y en el fondo
- Contra la resolución de primera instancia, José Luis Cerezo Lambertin, en representación de Pablo Lionel
- Acusa vulneración de los arts
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- Por lo expuesto, solicitó al Tribunal Supremo de Justicia, anular obrados, hasta el vicio más
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- II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
- Que, así formulados los recursos de casación intentada por ambas partes, se ingresa al análisis
- En este contexto, efectivamente la interposición de un recurso de apelación debe cumplir con los
- Por lo anotado, de ninguna forma el Tribunal de apelación puede sustraerse de esa responsabilidad,
- Revisado el expediente, se establece que Carlos Iván Ayala Garnica, en representación legal de TELECEL
- El Tribunal de apelación mediante el Auto de Vista Nº 399/2015 de 21 de agosto
- Ahora bien, el Auto de Vista cae en una incongruencia interna, toda vez que por
- Al efecto, ésta Sala considera que la obligación de la parte apelante de expresar los
- Consiguientemente el Tribunal ad quem, estaba en la obligación de entrar a considerar el fondo
- Consiguientemente, se concluye que el Tribunal ad quem incurrió en la causal de nulidad prevista
- Se hace constar que, dada la nulidad que se dispone para que el Tribunal de
- Al no ser excusable el error en que se incurrió, se impone multa de Bs
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
