Auto Supremo AS/0093/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2016

Fecha: 11-Mar-2016

El Tribunal de apelación mediante el Auto de Vista Nº 399/2015 de 21 de agosto

El Tribunal de apelación mediante el Auto de Vista Nº 399/2015 de 21 de agosto de 2015 (ahora impugnado), pese a que entre conoció los puntos llevados como agravios en apelación, este no resolvió ni se pronunció de forma pertinente, sobre el punto cuestionado en relación a la inexistencia de la relación laboral entre los sujetos procesales, señalando simplemente que: “el juez inferior hizo una amplia fundamentación legal y doctrinaria, sobre la naturaleza de la relación laboral, haciendo mención a los arts. 3.j), 66 y 150 del CPT, y explica el significativo de FREE LANCER, señalando que es un término medieval Inglés…de lo antes expuesto, conforme a los datos que arroja la prueba presentada por ambas partes, se concluye determinando la existencia de una relación de trabajo por cuenta ajena entre el demandado y el demandante, conforme el fundamento expuesto por el juzgador a través del Auto que resuelve las excepciones previas de impersonería, incompetencia, imprecisión, oscuridad y/o contradicción de fs. 109 vta., a 112…” ”…de lo que se colige sobre la vinculación o relación laboral, que fundamentó en su recurso, que dichos presupuestos fueron discutidos y aclarados en el Auto de 04 de julio de 2014 de fs. 109 vta. a 112 de obrados, donde el Juez se pronunció sobre la relación laboral, al resolver la excepción de incompetencia, señalando “…el art. 1 de la LGT, reafirmado por el art. 2 del D.S. 28699 de 01 de mayo de 2006…”. “…Auto que fue confirmado por Auto de Vista de 18 de agosto de 2014 y declarado infundado por Auto Supremo No. 376/2014 de 30 de diciembre de 2014, motivo por el cual este Tribunal no se pronunciará al respecto, pese a que el juez a quo hizo una fundamentación amplia doctrinal y legal en su resolución” (sic)