Auto Supremo AS/0184/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0184/2016-RRC

Fecha: 08-Mar-2016

El Auto Supremo 196 de 3 de junio de 2005, fue emitido dentro del proceso


El Auto Supremo 196 de 3 de junio de 2005, fue emitido dentro del proceso penal seguido por el MP y otra contra RVH por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves, que tiene como antecedente la verificación de que el Auto de Vista recurrido, vulneró la institución de la valoración de la prueba regulada por los arts. 173 y 194 de la Ley 1970, porque la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí valoró la prueba; siendo este uno de los antecedentes que dio origen a la emisión de la siguiente doctrina legal aplicable:

“que, la facultad de valorar la prueba corresponde con exclusividad al Juez o Tribunal de Sentencia, quien al dirigir el juicio oral y recibir la prueba, adquiere convicción a través de la apreciación de los elementos y medios de prueba; convicción que se traduce en el fundamento de la sentencia que lleva el sello de la coherencia y las reglas de la lógica; consiguientemente, el Tribunal de Alzada en caso de revalorizar la prueba, dicho acto convierte en defecto absoluto contemplado en el artículo 169 inciso 3) del Código de Procedimiento Penal; por haber aplicado el artículo 173 contradiciendo al Auto de Vista Nº 45 de 7 de septiembre de 2004 pronunciado por la Sala Penal Segunda del mismo Distrito Judicial; situación que además contradice la línea jurisprudencial trazada por el Tribunal de Casación; donde se indica que el Juez o Tribunal de Sentencia tiene la facultad de valorar la prueba y no así el Tribunal de apelación como ocurrió en el sub lite