Auto Supremo AS/0184/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0184/2016-RRC

Fecha: 08-Mar-2016

Por último, el imputado invocó el Auto Supremo 369 de 5 de abril de


Por último, el imputado invocó el Auto Supremo 369 de 5 de abril de 2007, emitido dentro del proceso penal seguido por el MP contra OCA y otra por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, que tiene como antecedente la constatación de errónea aplicación del art. 48 con relación al art. 43 de la Ley 1008, en cuanto a la conducta del imputado que no presentaba los elementos típicos del delito por el cual fue condenado; estableciéndose la siguiente doctrina legal aplicable:

“En la función jurisdiccional respecto a las resoluciones que se emitan, los Tribunales de Justicia deben aplicar las normas positivas de acuerdo a la preferencia prevista por el Art. 228 de la Constitución Política del Estado, correspondiendo en el nuevo modelo procesal penal la carga de la prueba al acusador particular o público, o a ambos, y en aplicación del principio constitucional de inocencia un procesado no puede ser considerado ni tratado como culpable, en tanto no exista sentencia condenatoria que adquiera la calidad de cosa juzgada material basada en un análisis individualizado de su participación en el delito, misma que debe ser plena sin lugar a duda razonable, resultando afectación al principio del debido proceso la valoración defectuosa o incorrecta de la prueba aportada en juicio, no siendo necesaria la realización de nuevo juicio si el Tribunal de la apelación considera que los hechos han sido demostrados y probados en juicio y únicamente corresponde actuar asignando correctamente a tales hechos el derecho, en este caso, la absolución