Auto Supremo AS/0184/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0184/2016-RRC

Fecha: 08-Mar-2016

En consecuencia, al haber establecido el Tribunal de alzada que la Sentencia fue emitida en


En consecuencia, al haber establecido el Tribunal de alzada que la Sentencia fue emitida en franca vulneración del art. 370 inc. 5) y 6) del CPP, hace inviable la posibilidad de aplicar el iura novit curia y dictar directamente nueva Sentencia, pues no se cuenta con los suficientes elementos que le permitan aplicar el art. 413 último párrafo del CPP, pues para ello tendría que ingresar en valorar prueba, aspecto que le está prohibido, en consecuencia el presente recurso deviene en infundado