Auto Supremo AS/0273/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0273/2016-RRC

Fecha: 31-Mar-2016

Al efecto, citan como precedente contradictorio el Auto Supremo 431 de 11 de octubre de


Al efecto, citan como precedente contradictorio el Auto Supremo 431 de 11 de octubre de 2006, emitido en un proceso penal seguido por el delito de Suministro sancionado por la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008), cuya Sentencia condenó al imputado, siendo confirmada en apelación; ante lo cual, el acusado planteó recurso de casación denunciando que al haber sido detenido en momentos previos al acto de la entrega de sustancias controladas, le correspondía se le aplique la tentativa por haber infringido la norma sustantiva. Ante este reclamo, el Tribunal de casación fundamentó en sentido que al haber sido encontrado el imputado con sustancias controladas dispuesto para proveer; además de las llamadas al celular incautado solicitando la droga, estas acciones constituían actos previos para el aprovisionamiento de las personas que requerían dichas sustancias controladas, subsumiéndose entonces el hecho al delito de Tentativa de Suministro de Sustancias Controladas previsto en el art. 51 de la Ley 1008 con relación al art. 8 del CP; lo cual no fue tomado en cuenta por el Tribunal de alzada; estableciendo como doctrina: “que la calificación del hecho a un tipo penal determinado es en razón a describir primeramente el hecho para luego comparar las características de la conducta ilícita con los elementos constitutivos del delito; es necesario tomar en cuenta que la conducta general descrita por el tipo penal se encuentra en la norma, mientras que la conducta particular se identifica por la descripción de sus peculiaridades, si estas se subsumen a todos los elementos constitutivos de un tipo penal, recién podrá calificarse el hecho como delito incurso en tal normativa; en caso de que falte la adecuación de un elemento constitutivo del tipo penal, el hecho no constituye delito o en su caso se adecua a tentativa u otra figura delictiva”