Auto Supremo AS/0273/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0273/2016-RRC

Fecha: 31-Mar-2016

Al efecto, citaron como precedente contradictorio el Auto Supremo 061/2013-RRC de 8 de marzo, que


Al efecto, citaron como precedente contradictorio el Auto Supremo 061/2013-RRC de 8 de marzo, que resolvió el respectivo recurso de casación en el cual denunció el recurrente que en ejercicio de sus derechos, hizo conocer ante el Tribunal de alzada en forma expresa que fundamentaría oralmente su recurso, en base al art. 408 del CPP; empero, en desconocimiento de las normas procedimentales, se omitió señalar día y hora de audiencia para escuchar la fundamentación oral del recurso. Ante esa denuncia, el Tribunal de casación advirtió que el Tribunal de apelación, omitió considerar la petición expresa que realizó el recurrente de fundamentar oralmente su recurso, obviando señalar día y hora de audiencia para dicho fin, desconociendo los alcances de los arts. 408 y 411 del CPP e incurriendo en un defecto absoluto; estableciendo la siguiente doctrina legal aplicable: “…ante la petición expresa del recurrente de fundamentar su recurso en forma oral, cumpliendo lo dispuesto por los arts. 408 y 411 del CPP, el Tribunal de apelación tiene la ineludible e insoslayable obligación de señalar día y hora de audiencia para escuchar los fundamentos del recurso de apelación restringida; omitir esta obligación implica desconocer y restringir los derechos y garantías constitucionales del recurrente que hacen al debido proceso, al derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva”