Auto Supremo AS/0286/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0286/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

En ese orden, de la revisión de los argumentos expuestos por la parte recurrente en


En ese orden, de la revisión de los argumentos expuestos por la parte recurrente en su apelación restringida, se evidencia que en su recurso fue muy minucioso, detallando con precisión, las pruebas de descargo ofrecidas y judicializadas, que a su entender, no fueron valoradas por la autoridad jurisdiccional del proceso; incluso llegando a relatar la probable conclusión a la cual se habría arribado en el proceso, de haberse cumplido con dicho presupuesto; no obstante a ello, en la respuesta otorgada por los Vocales, se denota una imprecisión que impide verificar con claridad si lo sostenido por los impugnantes resulta evidente o no; puesto que de manera general y negligente, afirman que en el apartado II de la Sentencia, tales pruebas fueron analizadas y valoradas; empero, no demuestra que dicho extremo sea cierto, dado que no explica de qué forma fueron valoradas y cuál fue el valor otorgado, menos desestima las afirmaciones de los recurrentes con relación a las conclusiones que consideran habrían sido asumidas en caso de haberse valorado la prueba de cargo; no siendo admisible desde el punto de vista legal, que se atienda un reclamo de omisión valorativa de prueba específicamente detallada, con el simple y genérico argumento, de que se analizaron y valoraron las pruebas ofrecidas y producidas durante el juicio, para concluir expresando que existen elementos objetivos y fácticos de la comisión de los delitos de Despojo y Daño Simple; sin referirse a ninguna de las pruebas reclamadas como no valoradas; puesto que, ello no otorga ninguna respuesta ni solución al problema planteado; lo cual no significa, que deba otorgarse una respuesta positiva a los intereses de los apelantes, sino simplemente, que aquella otorgada, realmente satisfaga el cuestionamiento e implique una respuesta clara, lógica y completa