h) Sentencia incongruente, vicio previsto en el art
h) Sentencia incongruente, vicio previsto en el art. 370 inc. 11) del CPP.- Conforme se desprende de la querella, la acusación particular y el auto de apertura de juicio, no fueron juzgados por hechos que encajan en el tipo penal de Abuso de Confianza; sin embargo, la Sentencia los absuelve de dicho delito
- Por memorial presentado el 27 de agosto de 2015, cursante de fs
- a) Por Sentencia 18/2014 de 8 de diciembre (fs
- b)Contra la Sentencia emitida, los imputados Erland Reynaldo y Rosa Isabel ambos de apellidos Franco
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 658/2015-RA de 27
- 1) Como primer motivo, los recurrentes denuncian que en el inc
- 2) En el tercer motivo, denuncian que el Auto de Vista impugnado contradice los Autos
- 3º En el cuarto motivo del recurso de apelación restringida, se denunció la falta de
- 4º En el quinto motivo del recurso de apelación, se denunció que la Sentencia incurre
- 5º En el sexto motivo del recurso de apelación, se denunció la inobservancia de los
- 6º Los recurrentes denuncian que la Sentencia contiene contradicción de la parte dispositiva y la
- 7º En el octavo motivo del recurso de apelación restringida, denunciaron que la Sentencia quebranta
- 8º En el décimo motivo del recurso de apelación, denunciaron que la Sentencia contiene
- 9º En el décimo primer motivo del recurso de apelación, denunciaron la errónea aplicación de
- I.1.2.Petitorio
- Por lo expuesto, los recurrentes solicitan que se deje sin efecto el Auto de Vista
- I.2.Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Desarrollado el juicio oral, el Juez Tercero de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental
- ii
- iii
- iv Quedó demostrado el dolo de parte de los acusados, quienes conocían la situación del
- v Los acusados resultan culpables, no existiendo ningún estado de necesidad o eximente que tienda
- Notificados con tal determinación, los imputados Erland Reynaldo y Rosa Isabel ambos de apellidos Franco
- Asimismo alegan que el Testimonio 715/2013 de 12 de noviembre, valorado por el juzgador, es
- b) Vulneración al debido proceso y defensa previsto en el art
- c) Falta de determinación circunstanciada del hecho, vicio previsto en el art
- e) Inobservancia y violación del art
- f) Inobservancia o violación de los arts
- Los razonamientos de la Sentencia son genéricos y abstractos, pues no explican en forma desglosada
- Tampoco explica ni justifica adecuadamente la tipicidad de los hechos objeto de juzgamiento, ni el
- No se fundamentó sobre el quantum de la pena que se les impuso, si bien
- g) Sentencia contradictoria entre la parte dispositiva y la considerativa, vicio previsto en el art
- h) Sentencia incongruente, vicio previsto en el art
- j) Errónea aplicación de los arts
- 1) Con relación a lo denunciado respecto del art
- 2) Sobre el reclamo de rechazo a las pruebas extraordinarias, este Tribunal de alzada considera
- 4) Reclaman la falta de individualización de los imputados, empero, no advierten que en la
- 5) Refieren inobservancia del art
- 6) Sobre el principio de congruencia, denunciando haber sido juzgados por el delito de Abuso
- 7) Reclaman valoración defectuosa de la prueba; empero, los apelantes al realizar una relación pormenorizada
- 8) Cuestionan aplicación de los arts
- Cabe destacar que de la revisión del Auto Supremo 658/2015-RA de 27 de noviembre, el
- En tanto que el tercer motivo admitido, fue considerado por precedente, es decir, por supuesta
- Al respecto es necesario expresar que siendo el derecho a la motivación de las resoluciones
- En ese entendido, no existe fundamentación en el Auto de Vista cuando se evidencia que
- Por su parte, el Auto Supremo 8 de 26 de enero de 2007, establece lo
- Cuando se evidencian violaciones flagrantes al procedimiento y defectos absolutos insubsanables en el Auto recurrido,
- El sistema de impugnaciones establecido en la normativa procesal penal, instaura reglas generales para la
- De lo anteriormente señalado, se concluye que para la interposición de la apelación restringida, deben
- Por otra parte, el art
- Sobre lo anterior, es importante mencionar, que en aplicación del principio pro actione y de
- En cuanto a la determinación de los requisitos de forma para la apelación restringida, la
- La impugnación a una resolución judicial definitiva no ejecutoriada (apelación restringida en nuestro sistema) es,
- Si bien las formas exigidas por ley, como quedó expresado líneas arriba, tienen la finalidad
- Entonces, de lo expuesto, se concluye que no existe vulneración al principio pro actione cuando
- Por mandato de lo preceptuado por el art
- En ese orden, el Auto Supremo 248/2012-RRC de 10 de octubre, determinó la siguiente doctrina
- Asimismo, los Autos Supremos 342 de 28 de agosto de 2006, 207 de 28 de
- La obligación de fundamentar las resoluciones es extensible a los tribunales de alzada, los que
- Tiene la finalidad de precautelar el juzgamiento adecuado, justo, equitativo, oportuno, efectivo y eficaz de
- Aunque la apreciación valorativa de las pruebas y las conclusiones fácticas (intangibilidad de la prueba
- Asimismo, en relación a las leyes de la psicología, el tribunal o juez tiene el
- En el ordenamiento jurídico boliviano, el sistema de valoración de la sana crítica, se encuentra
- Consiguientemente, ante la denuncia de errónea valoración de la prueba por la incorrecta aplicación de
- Este entendimiento ha sido ampliamente desarrollado en el Auto Supremo 214 de 28 de marzo
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- Por lo señalado precedentemente, el Tribunal de alzada tiene la obligación de efectuar la labor
- III.5.Análisis del caso concreto
- En el primer motivo, el recurrente denunció que en el inc
- Con relación a lo precedentemente reclamado, tal como se desarrolló en los Fundamentos anteriores; en
- Al margen de lo señalado, con la determinación asumida, a más de lesionar el principio
- 1
- - Certificado de defunción de su madre Bárbara Bari Maldonado Chambi, fallecida en 11 de
- - Testimonio judicial de declaratoria de herederos de la precitada ha ambos acusados
- - Declaración testifical de la cuidadora de la casa, Basilia Chambi Vargas, quien relató lo
- - El informe técnico del registro del lugar, el cual evidencia, que la bisagra de
- - Legajo de fotocopias legalizadas del caso EAL 1401487, proceso penal seguido por el Ministerio
- - Inspección ocular que identifica el inmueble, y evidencia que la puerta de garaje fue
- - Declaración testifical de Eduviges Durán Choque, concubina de Erland Franco, quien señaló que el
- - Declaración testifical de Alfredo Reynaldo Franco Sandoval, quien señaló haber recibido la llamada de
- - Declaración testifical de Florinda Clavijo Coronel, quien sostuvo que el 8 de febrero de
- - Las declaraciones de ambos imputados, haciendo conocer los detalles ocurridos ese día
- A continuación de haber realizado el detalle de las pruebas de descargo desfiladas en el
- Agregando a continuación que el Testimonio 715/2013 de 12 de noviembre, valorado por el juzgador,
- Ahora bien, con relación a dicha denuncia, los Vocales a cargo de la resolución del
- Tal como se desarrolló en la doctrina legal aplicable contenida en los Autos Supremos 52
- En ese orden, de la revisión de los argumentos expuestos por la parte recurrente en
- Tampoco es atendible que ante la denuncia de falta de fundamentación del fallo, cuando además
- Los extremos señalados, demuestran que el Tribunal de alzada incurrió en contradicción con los precedentes
- 2
- En la relación circunstanciada de los hechos consiste en la fijación del hecho que el
- En consecuencia, ante la denuncia de falta de relación circunstanciada del hecho, le atinge al
- En consecuencia, la revisión del Ad quem debe demostrar que en efecto el Juez de
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- El art
- En el caso de autos, el Auto de Vista impugnado, ha sido pronunciado con una
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- En este punto, entre otros argumentos, el recurso de apelación restringida denuncia, que si bien
- Agrega que los razonamientos de la Sentencia son genéricos y abstractos, pues no explican en
- Señala que tampoco explica ni justifica adecuadamente la tipicidad de los hechos objeto de juzgamiento,
- Tampoco se fundamentó sobre el quantum de la pena que se les impuso, si bien
- Con relación a lo expresamente denunciado, no se evidencia que el Tribunal de alzada, hubiera
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- 7
- A lo denunciado, el Tribunal de alzada emitió una sola respuesta, en sentido que los
- En cumplimiento al principio de congruencia y el iura novit curia en materia penal, debe
- En ese contexto, la calificación legal de los hechos investigados realizada en los actos procesales
- Conforme a dicho entendimiento, resulta necesario analizar la fundamentación existente en el Auto de Vista
- Asimismo, resulta necesario aclarar que en definitiva existen errores en la Sentencia que no alcanzan
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- Tal como se desarrolló en el Fundamento III
- Dicho criterio, conforma una uniforme línea jurisprudencial consolidada por este Tribunal Supremo de Justicia, que
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- aconsejen una mayor o menor penalidad; y, 9) Valorar todas las circunstancias en su conjunto
- Los extremos deberán ser analizados por el Tribunal de alzada, a efectos de verificar si
- Por lo expuesto y en atención a la doctrina legal desarrollada sobre el debido proceso
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
