Auto Supremo AS/0286/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0286/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Los extremos deberán ser analizados por el Tribunal de alzada, a efectos de verificar si


Los extremos deberán ser analizados por el Tribunal de alzada, a efectos de verificar si el Juez de la causa dio cumplimiento a los requisitos mínimos establecidos a tiempo de la fijación de la pena, otorgando una respuesta motivada a las partes, pero siempre en el análisis del caso concreto, es decir, no basta con señalar que se cumplieron las consideraciones necesarias al haberse analizado la personalidad, edad, educación, etc. de los imputados, como ocurren en la especie, sino debe demostrarse cuáles son esos argumentos subsumidos en los presupuestos analizados en la Sentencia, para luego concluir si se aplicó correctamente lo previsto por los arts. 38 y 40 del CP, no siendo posible la efectivización de dicho análisis, con argumentos genéricos y evasivos, tal como ocurrió en el Auto de Vista ahora impugnado, el que incurrió en insuficiente fundamentación; provocando una presunta ausencia de determinación basada en motivos intelectivos de hecho y de derecho, debilitando la determinación arribada a tiempo de emitirse el fallo, extremos que este Tribunal le resultan evidentes, de la correlación efectuada entre lo demandado y lo resuelto