Auto Supremo AS/0286/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0286/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Tampoco es atendible que ante la denuncia de falta de fundamentación del fallo, cuando además


Tampoco es atendible que ante la denuncia de falta de fundamentación del fallo, cuando además se explican las razones para considerar dicha vulneración, como en el caso concreto, el Tribunal de alzada se limite a señalar, que revisado el contenido de Sentencia se tiene que se cumplieron los presupuestos contenidos en los arts. 360 del CPP; pues es obligación de los Vocales, explicar las razones por las cuales consideran, que la motivación de la Sentencia cumplió a cabalidad con los cánones exigibles, detallando las razones que le llevaron a concluir de esa manera; lo contrario implica contradicción con los precedentes. A más de ello se señala que se acató la previsión contenida en el art. 124 del CPP, y la doctrina legal aplicable sentada sobre ese aspecto, empero, no identifica ninguna doctrina, pese a que se apoya y sustenta en ella