Auto Supremo AS/0290/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0290/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

1) De la lectura de la Sentencia se puede establecer que existen las pruebas judicializadas,


II.3. Del Auto de Vista

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió el recurso de apelación restringida, por Auto de Vista 41/2015 de 17 de junio, que declaró admisibles e improcedentes los fundamentos contemplados en dicho recursos, y en su mérito, confirmó la Sentencia impugnada, expresando lo siguiente:

1) De la lectura de la Sentencia se puede establecer que existen las pruebas judicializadas, siendo que la facultad de valorar prueba es de la autoridad jurisdiccional, el mismo razonamiento con relación a la valoración defectuosa de la prueba que sólo con un testigo de cargo es suficiente; sin embargo, en la relación de los hechos se ha demostrado, identificando las agresiones directas y precisas contra Milca Alejo Chatti, por parte del acusado, quien además promovió la confrontación, siendo su conducta dolosa ya que el golpe ha sido inclusive cuando la víctima cargaba a un niño, así el derecho a la vida y a la integridad física están garantizados por los arts. 115 y 116 de la CPE y 8 del Pacto de San José de Costa Rica