Auto Supremo AS/0290/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0290/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

De lo señalado en el párrafo anterior, en primer lugar, se debe aclarar que el


De lo señalado en el párrafo anterior, en primer lugar, se debe aclarar que el recurrente incurrió en contradicción, pues de un lado, denuncia incongruencia omisiva que, a decir suyo consistiría, en no otorgar respuesta alguna; y sin embargo, a continuación afirma que si bien se señalaron los incs. 5), 6), 8) y 11) del art. 370 del CPP, no se lo hizo de manera fundamentada; por tanto, no es posible comprender si se trata de un reclamo circunscrito a una incongruencia omisiva o más bien a una falta de fundamentación