Auto Supremo AS/0290/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0290/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

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ii. Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, en particular las mujeres tienen derecho a no sufrir violencia física tanto en la familia como en la sociedad, según establece el art. 15 de la Constitución Política del Estado (CPE), más aun teniendo en cuenta que uno de los fines del Estado es de constituir una sociedad justa y armoniosa, emergiendo el jus puniendi de sancionar todo tipo de conductas que atenten contra este tipo de valores y bienes jurídicamente protegidos