Auto Supremo AS/0317/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0317/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

De la revisión del Auto de Vista recurrido, se advierte que el Tribunal de alzada


De la revisión del Auto de Vista recurrido, se advierte que el Tribunal de alzada abrió su competencia y desestimó el reclamo efectuado por el recurrente, alegando en su tercer considerando destinado a los fundamentos jurídicos de la resolución que: de la lectura del fallo, en el Considerando IV, motivos de hecho y derecho, valor otorgado a los medios de prueba 4.3.2 prueba literal, en la parte pertinente señaló: “Que, analizadas como ha sido cada una de las pruebas de cargo y de descargo producidas en la causa, aplicando las reglas de la sana crítica, conforme establece el art. 173 y 359 del Código de Procedimiento Penal sobre todo el principio constitucional de ´verdad material` se llega a determinar que: `…De los testimonios de cargo y del acto de inspección ocular se colige que el acusador Hilarión Lafuente Chávez no ocupa, ni ocupaba el inmueble del que acusa hubiere despojado…”, estableciendo el Tribunal de alzada de lo transcrito, que la Jueza hizo alusión en relación al acto de inspección, acto que demostró que el acusador no ocupaba el inmueble del que hubiera sido despojado; en consecuencia, la versión del apelante carecía de consistencia