Auto Supremo AS/0354/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0354/2016-RRC

Fecha: 16-May-2016

En cuanto al delito de daño Calificado previsto en el art


En cuanto al delito de daño Calificado previsto en el art. 358 inc. 2) del CP, se demostró plenamente que los cuatro imputados, estuvieron en el lugar cuando se produjo la explosión y los destrozos, reiterando la declaración testifical de Natalio Quispe que fue la persona que vio llegar a los tres sujetos que no fueron identificados, se constituye y configura en el delito de daños calificados con la intervención de una banda o cuadrilla porque fueron más de cuatro personas las que intervinieron en el lugar. En cuanto al primer elemento referido al lugar despoblado, se pudo ver por el muestrario fotográfico que el lugar es habitado por unas cuantas casas en precarias condiciones y que en el momento de los hechos los comentarios se encontraban trabajando en sus terrenos y no en sus casas pero escucharon las detonaciones de las dinamitas, en consecuencia este elemento también fue acreditado