Auto Supremo AS/0513/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0513/2016

Fecha: 16-May-2016

Agrega que no se debe pasar por alto que el art

Agrega que no se debe pasar por alto que el art. 252 del Código Procesal del Trabajo, dispone que los aspectos no previstos en dicha ley se regirán por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil, siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral, por lo que la nulidad solicitada se encuentra plenamente enmarcada en la Ley, ya que como es de dominio público, la ejecución de sentencia en proceso laboral se rige por los arts. 213 al 219 del Código Procesal del Trabajo, y al no estar prevista la institución de la subasta judicial, ésta se rige por las normas del Código de Procedimiento Civil, por expresa determinación del art. 252 del Código Procesal del Trabajo, no existiendo ley alguna que autorice a un juez laboral a pasar por alto los procedimientos regulares para obtener los resultados esperados