Auto Supremo AS/0513/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0513/2016

Fecha: 16-May-2016

Expresa que el Auto de Vista en ninguno de sus incisos o considerandos viola el

Expresa que el Auto de Vista en ninguno de sus incisos o considerandos viola el art. 3 del Código Procesal del Trabajo en sus incisos e), g), i), y j) que disponen que los procedimientos y trámites del proceso laboral se basan en los principios de preclusión, proteccionismo, concentración y libre apreciación de la prueba por la que el Juez valora las pruebas con amplio margen de libertad conforme a los principios enunciados y la sana lógica, la libertad de apreciación de la prueba no autoriza al juez laboral a pasar por alto certificaciones, recibos y otras pruebas acompañadas como preconstituidas a la demanda laboral sin que estos lleven siquiera sellos y firmas de instituciones autorizadas para su emisión y demás pase por alto certificaciones del Ministerio de Trabajo y omisiones como la de acreditar su matrícula de comercio vigente emitida por el Registro de comercio actualmente a cargo de FUNDEMPRESA, por lo que se llega a la conclusión inequívoca de que la empresa COMEXIM no existe