Auto Supremo AS/0513/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0513/2016

Fecha: 16-May-2016

Manifiesta que si bien el art

Manifiesta que si bien el art. 2 del Código Procesal del Trabajo da autonomía a los procedimientos del trabajo, no se debe pasar por alto que el art. 252 de la misma norma dispone que los aspectos no previstos en dicha ley se regirán por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil, por lo que al demandar en la vía ordinaria la nulidad de adjudicación, cancelación de registros tanto en Derechos Reales y Alcaldía, y consiguiente reposición de las hipotecas, y revocar la forzada sentencia dictada por el Juez A quo, no se pasó por alto la autonomía del proceso laboral y menos se violó los principios generales de este proceso