Auto Supremo AS/0513/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0513/2016

Fecha: 16-May-2016

Todo este contexto nos conduce a la conclusión inequívoca de que nunca ha existido ninguna

Todo este contexto nos conduce a la conclusión inequívoca de que nunca ha existido ninguna relación de dependencia entre el supuesto empleador COMEXIM y el señor Augusto Mattos y al no existir ese pre requisito ineludible e infaltable en toda relación jurídica que pretenda ser válida no genera ningún tipo de beneficios sociales ni salarios devengados, ni ningún otro beneficio que tenga que ser objeto de análisis y que por el contrario el proceso coactivo está caracterizado por el derecho de persecución que tiene el acreedor sobre las garantías reales constituidas por encima de cualquier otro derecho que se pueda invocar