Auto Supremo AS/0513/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0513/2016

Fecha: 16-May-2016

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 1534 a 1536 interpuesto por Augusto Azcui Mattos, el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 1540 a 1545 interpuesto por Alejandro Seifert Danschin, y el recurso de casación en el fondo de fs. 1549 vta., interpuesto por Juan Roberto Mendivil Brun, contra el Auto de Vista Nº 021/2015 de 03 de febrero de 2015 cursante de fs. 1525 a 1531 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso de Nulidad de remate, adjudicación y consiguiente cancelación de registro, seguido por Banco de Crédito de Bolivia S.A., representado por Holbein Oscar Arévalo Villarroel y Fernando Wanderley Valdivia De la Fuente contra Augusto Azcui Mattos, Alejandro Seifert Danschin, Juan Roberto Mendivil Brun y Marina Mary Cabrera de Mendivil, las respuestas de fs. 1557 a 1568, 1583 a 1590 vta., y 1607 a 1611 y vta., la concesión de fs. 1628, los antecedentes del proceso, y;

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:

I.1. El Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Cochabamba, dictó la Sentencia Nº 30/2013 de 07 de noviembre de 2013, cursante de fs. 1455 a 1468, declarando 1) Improbada la demanda de fs. 359 a 363 de obrados. 2) Probadas las excepciones perentorias de ilegalidad e improcedencia opuestas por Augusto Azcui Mattos, Juan Roberto Mendivil Brun y por la Defensora de oficio de Marina Mary Cabrera de Mendivil Dra. Rocío Peñaranda Gamarra. No se pasa a analizar las demás excepciones perentorias en previsión del art. 343-II del CPC