Auto Supremo AS/0208/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2016

Fecha: 28-Jun-2016

-Se habría incurrido en error de derecho y de hecho, a tiempo de valorar la

-Se habría incurrido en error de derecho y de hecho, a tiempo de valorar la prueba, pide sea valorada la misma conforme lo previsto en el art. 253 núm. 3 del CPC-1975, siendo errónea la conclusión del Auto de Vista, respecto a “…que no hubo despido, sino la conclusión de la gestión académica de la gestión 2009, además indica que la resolución del Consejo Universitario fue dada a la conclusión de la gestión académica”