Auto Supremo AS/0208/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2016

Fecha: 28-Jun-2016

A mérito de estos argumentos, concluye este Tribunal en que las autoridad del Tribunal ad

A mérito de estos argumentos, concluye este Tribunal en que las autoridad del Tribunal ad quem a tiempo de emitir la resolución de segunda instancia, no incurrieron en ninguno de los agravios acusados por la parte recurrente, en su escrito de casación, por lo que corresponde dar aplicación de los arts. 271.2 y 273 del CPC-1975, actualmente dispuesto en el art. 220.II del NCPC., aplicable en la materia por expresa determinación del art. 252 del CPT