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    Auto Supremo AS/0456/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0456/2016-RRC

    Fecha: 16-Jun-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 21 de diciembre de 2015, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a) Por Sentencia 25/2014 de 3 de diciembre (fs
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Fernando Daniel Gonzáles Paredes (fs
    • I.1.1.Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 224/2016-RA de 21
    • 1) Denuncia que el Auto de Vista recurrido carece de fundamentación, por las siguientes razones:
    • En cuanto a ambos reclamos, invoca los Autos Supremos 319/2012-RRC de 4 de diciembre, 189/2012-RRC
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicitó que previo el cumplimiento de las formalidades previstas por Ley, se deje
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 224/2016-RA de 21 de marzo, cursante de fs
    • II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • Por Sentencia 25/2014 de 3 de diciembre, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
    • En conclusión, tomando en cuenta que el bien jurídico tutelado y protegido con el art
    • II.2. De la apelación restringida interpuesta por el imputado
    • En cuanto a los motivos traídos en casación se tiene los siguientes agravios demandados en
    • 2) Bajo el acápite descrito como: “2
    • 3) Denunció que la Sentencia se basó en hechos inexistentes y no acreditados por defectuosa
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • En cuanto al recurso de apelación interpuesto por el imputado, el Tribunal de alzada resolvió
    • Pese a lo señalado anteriormente, el Tribunal de alzada refirió también que: “la congruencia que
    • 2) Respecto del segundo tópico en el que se acusó inobservancia de la Ley sustantiva,
    • 3) Sobre la vulneración del art
    • En el primer motivo, el recurrente refiere que el Tribunal de apelación incurrió en insuficiente
    • El Auto Supremo 319/2012-RRC de 4 de diciembre, fue emitido dentro del proceso penal seguido
    • De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que el juzgador
    • Al respecto, se tiene que en cuanto al Auto Supremo (319/2012-RRC de 4 de diciembre)
    • A tiempo de considerar la problemática planteada, es importante destacar que el art
    • Para concluir en la existencia de falta de fundamentación o congruencia en el Auto de
    • En el segundo motivo, el imputado denuncia que pese a haberse demandado de manera expresa
    • El Auto Supremo 308 de 25 de agosto de 2006, fue emitido dentro del proceso
    • Nuestro ordenamiento penal acoge el sistema de la Sana Crítica, pretendiendo explicar que sus contenidos
    • La máxima expresión del sistema emerge del juicio de mérito y se traduce en la
    • En un primer momento, a partir de la inmediación y de la percepción directa de
    • Este control, en consecuencia, debe incluir la verificación de la correcta motivación de las sentencias
    • En cuanto al precedente desarrollado supra, además de verificado también el Auto Supremo 304/2012-RRC de
    • Al respecto en el acápite II
    • Al respecto, debe tenerse presente que el recurso basado en errónea apreciación de la prueba,
    • Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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