Auto Supremo AS/0742/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0742/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Bajo esas consideraciones, la acusación de aplicación indebida de la Ley, en razón de haber

Bajo esas consideraciones, la acusación de aplicación indebida de la Ley, en razón de haber interpretación errónea, refiriéndose al art. 579 e infracción de la ley en referencia al art. 569, ambos del Código de Comercio, no tienen sustento, siendo inviable adecuarlo a lo previsto por el art. 253-1) del Código de Procedimiento Civil, por lo que la interpretación y el razonamiento vertido por los de instancia así como en el Auto de Vista que revocó la Sentencia de primer grado en el proceso ejecutivo, respecto al contenido en los arts. 569, 579 del Código de Comercio, en definitiva no resultan erróneos, por lo mismo aplicados de acuerdo al alcance interpretativo que no pueden ser modificados por este Tribunal. Siendo eso así no es posible concebir que exista a la vez vulneración de derechos y garantías constitucionales como se denuncia por el actor hoy recurrente