Auto Supremo AS/0742/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0742/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Que debe entenderse el propósito del legislador que fuera el otorgar al tenedor o beneficiario,

Que debe entenderse el propósito del legislador que fuera el otorgar al tenedor o beneficiario, de una gama de posibilidades para accionar procurando el cobro de su acreencia, citando que incluso se liberó del reconocimiento de firmas y rúbricas de los firmantes (arts. 585 y 587 del Código de Comercio) con la que fuera claro la intención del legislador; interpretación favorable realizada correctamente tanto por vocales de la Sala Civil Segunda al dictar el Auto de Vista de fecha 15 de agosto de 2012, como la Juez A quo al dictar la Sentencia de 25 de julio de 2014, por lo que correspondería su confirmación. Auto de 31 de Marzo de 2015 de fs. 398