Auto Supremo AS/0742/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0742/2016

Fecha: 28-Jun-2016

En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de

En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista Nº 143 de 23 de marzo de 2015 de fs. 395 a 396, por el que CONFIRMA la Sentencia objeto de la apelación argumentando que: Analizados los antecedentes procesales y normativa pertinente a los motivos del recurso, se constata que la controversia radica en la interpretación parcializada que hace la parte apelante del artículo 579 del Código de Comercio, y que desde el punto de vista del Tribunal, la controversia se resuelve realizando una interpretación sistemática, lógica y gramatical de los dos primeros párrafos, que no habría dificultad para interpretar el primer párrafo en el sentido que la expresión “sin protesto” libera al tenedor de la letra de cambio de la obligación de formalizar el protesto, con fuerza ejecutiva para iniciar la acción directa