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    Auto Supremo AS/0597/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0597/2016-RRC

    Fecha: 10-Ago-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • a) Por Sentencia 4/2015 de 30 de enero (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 375/2016-RA de 23 de mayo,
    • 1) Los recurrentes (previamente de haber realizado una remembranza sobre el agravio denunciado en su
    • 2) Realizada la relación de los antecedentes de su recurso de apelación restringida, en el
    • 3) Luego de la relación de los agravios expresados en su recurso de apelación restringida,
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 375/2016-RA de 23 de mayo, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • Por Sentencia 4/2015 de 30 de enero, el Tribunal Primero de Sentencia de Oruro, declaró
    • Por otra parte, según la declaración del perito, Rodolfo Fuertes Barrove, se tiene que la
    • II.2. De la apelación restringida interpuesta por el acusado
    • Contra la referida Sentencia, los imputados Marcos Alarcón Quispe y Miriam Quiroga Negretty de Alarcón,
    • c) Errónea aplicación de la Ley sustantiva, en lo vinculante a la fijación de la
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, por Auto de Vista
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • III.2. Análisis de las problemáticas planteadas en el recurso
    • “La exigencia de motivación es una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
    • De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
    • Ahora bien, los recurrentes denuncian que el Auto de Vista impugnado, no habría otorgado una
    • Consiguientemente, el Auto de Vista contiene una cadena argumentativa que responde de manera fundamentada y
    • En este segundo motivo, se invocó el Auto Supremo 431 de 11 de octubre de
    • También se invocó el Auto Supremo 315 de 25 de agosto de 2006, dictado dentro
    • Por lo referido, puede advertirse que la doctrina legal aplicable contenida en los dos precedentes
    • De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
    • En el recurso de casación se invoca el Auto Supremo 99 de 24 marzo de
    • Sobre dicha denuncia, se evidencia que el Tribunal de alzada al momento de realizar su
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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