En el recurso de casación se invoca el Auto Supremo 99 de 24 marzo de
III.2.3. Sobre la denuncia de falta de fundamentos del Tribunal de alzada al reclamo relativo a la fijación de la pena.
En el recurso de casación se invoca el Auto Supremo 99 de 24 marzo de 2005, dictado dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de los imputados por el delito de transporte de sustancias controladas; Auto de Vista que fue dejado sin efecto, al no establecer las razones o fundamentos de la fijación de la pena siendo este antecedente uno de los motivos que generó la emisión de la siguiente doctrina legal aplicable:“…considerando que si bien es cierto que las penas son indeterminadas, siendo la valoración y apreciación privativa de los jueces de instancia e incensurable en casación, esto no les exonera de la obligación de considerar y tomar en cuenta las agravantes o atenuantes que existiesen en favor o en contra del imputado, contenidas en los artículos 37, 38, 39 y 40 del Código Sustantivo Penal, expresando invariablemente y de manera obligatoria los fundamentos en que basan su determinación, la omisión constituye defecto absoluto y por tanto insubsanable…”
- a) Por Sentencia 4/2015 de 30 de enero (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 375/2016-RA de 23 de mayo,
- 1) Los recurrentes (previamente de haber realizado una remembranza sobre el agravio denunciado en su
- 2) Realizada la relación de los antecedentes de su recurso de apelación restringida, en el
- 3) Luego de la relación de los agravios expresados en su recurso de apelación restringida,
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 375/2016-RA de 23 de mayo, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- Por Sentencia 4/2015 de 30 de enero, el Tribunal Primero de Sentencia de Oruro, declaró
- Por otra parte, según la declaración del perito, Rodolfo Fuertes Barrove, se tiene que la
- II.2. De la apelación restringida interpuesta por el acusado
- Contra la referida Sentencia, los imputados Marcos Alarcón Quispe y Miriam Quiroga Negretty de Alarcón,
- c) Errónea aplicación de la Ley sustantiva, en lo vinculante a la fijación de la
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, por Auto de Vista
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- III.2. Análisis de las problemáticas planteadas en el recurso
- “La exigencia de motivación es una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- Ahora bien, los recurrentes denuncian que el Auto de Vista impugnado, no habría otorgado una
- Consiguientemente, el Auto de Vista contiene una cadena argumentativa que responde de manera fundamentada y
- En este segundo motivo, se invocó el Auto Supremo 431 de 11 de octubre de
- También se invocó el Auto Supremo 315 de 25 de agosto de 2006, dictado dentro
- Por lo referido, puede advertirse que la doctrina legal aplicable contenida en los dos precedentes
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- En el recurso de casación se invoca el Auto Supremo 99 de 24 marzo de
- Sobre dicha denuncia, se evidencia que el Tribunal de alzada al momento de realizar su
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
