Auto Supremo AS/0606/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0606/2016-RRC

Fecha: 10-Ago-2016

Este conjunto de razones, permite constatar a este Tribunal Supremo de Justicia, que la denuncia


Este conjunto de razones, permite constatar a este Tribunal Supremo de Justicia, que la denuncia interpuesta por el recurrente, referida a que el Tribunal de Alzada no hubiere cumplido con la doctrina legal emitida dentro del caso de autos, por cuanto incidiría la fundamentación subjetiva; no resulta evidente, pues se observa que el Tribunal de alzada a momento de emitir el Auto de Vista ahora impugnado, obró conforme a la doctrina legal del Auto Supremo 127/2016-RRC de 17 de febrero; toda vez, que señaló que respecto a la extrañeza de realización de análisis sobre los hisopos que habrían sido colectados, no tenían la trascendencia de determinar ausencia o insuficiencia del hecho probado, aclarando, que los eritemas irritables en los labios mayores y menores de la vagina de la niña era un medio corroborativo al relato que hizo la víctima sobre el hecho, de donde resultaba que la sentencia condenatoria no se basó en los supuestos frotamientos que alega el recurrente; en consecuencia, la resolución recurrida respecto a este punto cumplió con su deber de aplicar la vinculatoriedad de los fallos judiciales, que fue desarrollado en el acápite III.1, de este Auto Supremo