Auto Supremo AS/0606/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0606/2016-RRC

Fecha: 10-Ago-2016

v) En atención al principio de inmediación que hace al juicio oral, público y


v) En atención al principio de inmediación que hace al juicio oral, público y contradictorio, su persona hizo uso de su derecho a guardar silencio; empero, el Tribunal de juicio de manera discrecional dio por ciertas para fundar su condena dando lugar a informes sobre declaraciones que su persona hubiere hecho sin la presencia de un abogado defensor, violentando no sólo el derecho a guardar silencio, sino también el principio de inmediación de la prueba, extremos que fueron soslayados por el Tribunal de alzada; por cuanto, señaló que el Tribunal de juicio no fundó su condena en atención a informes en los que su persona hubiera declarado, que más bien el Tribunal a quo detalla los elementos probatorios incorporados a juicio detallando cada uno de ellos, para luego darles valor y asumir de manera indubitable la existencia del hecho, argumentos que lejos de corregir las enormes contradicciones que se expresaron en su recurso de apelación restringida, lo único que realizó fue soslayar y conculcar derechos y garantías apegando su actuar a criterios de análisis inquisitivo de manera discrecional, fundándose la Sentencia en presuntas declaraciones que su persona hubiere realizado a funcionarios policiales, afirmaciones que no pueden ser conculcadas por el Tribunal de alzada; puesto qué, no solo vulnera su derecho al silencio, sino que le traslada de forma indebida la carga de la prueba, vulnerándose el principio acusatorio; toda vez, que la carga de la prueba corresponde al titular de la acción o acusador