Siguiendo con los fundamentos de la Resolución recurrida, añadió que los juzgadores afincaron su convicción
Siguiendo con los fundamentos de la Resolución recurrida, añadió que los juzgadores afincaron su convicción en la reacción espontánea de la niña de salir de su casa a pedir auxilio a los vecinos de un taller y la uniformidad de sus aseveraciones con amplitud en detalles, narración que se hallaba corroborada por el informe del médico forense, que compareció a juicio y se ratificó al momento de ser interrogado por los jueces aseverando, que dichas lesiones: “En genitales se evidencia signos de fricción a nivel de labios mayores y menores (eritema e irritabilidad) diagnosticándose cuadro compatible con agresión sexual”, explicando el Tribunal de alzada, que si bien el informe del galeno forense mencionaría la toma de muestras de dos hisopos (introito); empero, constató que el Tribunal de mérito sostuvo, que la prueba fue valorada en base a las reglas de la sana crítica, al tratarse de una auscultación médica forense sobre una inflamación “eritemas” (enrojecimiento), por frotamiento y al ser irritables (dolorosas al palmarlas), concluyendo el Tribunal de alzada, que la toma de muestras referidas no tienen la trascendencia de determinar ausencia o insuficiencia probatoria del hecho probado, que los eritemas irritables en los labios mayores y menores de la vagina de la niña, era un medio corroborativo al relato que hizo la víctima sobre el hecho ilícito del que fue objeto
- Por memorial presentado el 12 de mayo de 2016, que cursa de fs
- a) Por Sentencia 20/2014 de 14 de noviembre (fs
- b)Contra la referida Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- El recurrente denuncia, que el Auto de Vista ahora recurrido omitió la disposición del Auto
- ii) Otro aspecto que debió ser corregido por el Tribunal de alzada, fue que su
- iii) Que no se demostró, la edad de la presunta víctima con documento idóneo, como
- iv) La Sentencia afirmó, en su acápite Motivación y fundamentación de la responsabilidad de Joel
- v) En atención al principio de inmediación que hace al juicio oral, público y
- I.2. Admisión del recurso
- II.1. Del recurso de apelación restringida
- Que la Sentencia se basó en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente a juicio;
- II.2 Del Auto Supremo 127/2016-RRC de 17 de febrero
- “Ahora bien, identificados los reclamos alegados por el imputado en su recurso de apelación
- Consecuentemente, el Auto de Vista impugnado, ha incumplido además su obligación de absolver la totalidad
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, en cumplimiento de la
- El presente recurso fue admitido para su análisis de fondo a los fines de verificar
- III.1. Sobre la vinculatoriedad de los fallos judiciales
- El art
- La doctrina legal establecida será obligatoria para los tribunales y jueces inferiores y sólo podrá
- El ordenamiento jurídico boliviano en materia penal, establece claramente que los fallos del Tribunal Supremo
- Por otra parte, debe considerarse que del art
- En este ámbito, esta Sala emitió el Auto Supremo 037/2013-RRC, de 14 de febrero, que
- Respetando el principio constitucional de celeridad, los Tribunales y Jueces inferiores, están obligados a cumplir
- III.2. Análisis del caso en concreto
- A los fines de la resolución del presente recurso, es preciso referir con carácter previo,
- A los fines de una mejor comprensión, serán analizados de manera separada a fin de
- Siguiendo con los fundamentos de la Resolución recurrida, añadió que los juzgadores afincaron su convicción
- Este conjunto de razones, permite constatar a este Tribunal Supremo de Justicia, que la denuncia
- Finalmente, respecto a que no podría manifestarse que la responsabilidad estaría probada con la sola
- b) Ante la denuncia de que el Tribunal de alzada no corrigió el supuesto de
- Sobre este reclamo, el Tribunal de alzada estableció que el Tribunal de juicio bajo las
- d) Ante la denuncia de que hubiere pretendido darse a la fuga, actitud que corroboraría
- Ahora bien, el recurrente también reclama que el Tribunal de alzada en sentido contrario se
- Respecto a este punto, los argumento de la Resolución impugnada permiten concluir a este Tribunal
- De lo expuesto, no se constata que en el caso de autos, la Resolución recurrida
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
