Auto Supremo AS/0972/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0972/2016

Fecha: 18-Ago-2016

Debe tenerse presente que la prueba pertinente y conducente para demostrar la falsedad de firmas


Debe tenerse presente que la prueba pertinente y conducente para demostrar la falsedad de firmas y rúbricas, así como de huellas dactilares, son precisamente los peritajes documentológicos y dactiloscópicos que sometidos a la valoración de la sana crítica, resultan siendo los medios más idóneos para demostrar esa falsedad, así lo estableció este Tribunal en el Auto Supremo Nº 268/2013 de 24 de mayo, aspecto que en el caso presente fue cumplido a cabalidad por los de instancia demostrándose plenamente con ello que la pericia practicada de las firmas y rúbricas del contrato privado reconocido de fecha 22 de septiembre del año 1992 dentro del proceso ordinario civil de nulidad de venta ya referido, definitivamente no fue el correcto; ante esa situación se hace innecesario incursionar en mayor análisis sobre el tema en cuestión