Auto Supremo AS/0972/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0972/2016

Fecha: 18-Ago-2016

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,


POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 220.II de la Ley Nº 439 Código Procesal Civil, declara INFUNDADO los recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 1932 a 1935 interpuestos por Fanny Quevedo Loayza de Ávila por sí y en representación de su esposo Miguel Ávila Betanzos; del mismo modo declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y conforme al art. 220.I-4) del mismo Código adjetivo de la materia declara, IMPROCEDENTE el recurso de casación en el fondo, contenidos en el memorial de fs. 1941 a 1952, ambos interpuestos por María Rosa Aramayo Zelaya en su condición de Abogada Defensora de Oficio de José Beltrán Vidaurre; todos interpuestos contra el Auto de Vista Nº SCCF II Nº 291/2015 de 31 de agosto de 2015 de fs. 1925 a 1927, pronunciado por la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisa. Con costas