Auto Supremo AS/0972/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0972/2016

Fecha: 18-Ago-2016

En el caso presente, el peritaje documentológico que cursa de fs


En el caso presente, el peritaje documentológico que cursa de fs. 55-76 reiterado a fs. 490-509 practicado por el Lic. José Goitia Durán del IDIF a solicitud de la parte demandada en el proceso ordinario civil de nulidad de compra-venta de inmueble seguido por el hoy demandante Víctor Llanos Carvajal tramitado en el Juzgado Primero de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Sucre, quedó completamente refutado por los posteriores dos informes periciales documentológicos que cursan de fs. 77 a 129 reiterado a fs. 692 a 734 y el Informe Pericial de fs. 1775 a 1830, el primero realizado en proceso penal por el perito del IDIF Lic. Luigi Vargas Zambrana y el segundo en el presente proceso por una junta de peritos integrantes también del IDIF de los Departamentos de La Paz, Cochabamba y Chuquisaca conforme se evidencia de la nota de comunicación de fs. 1594