Auto Supremo AS/0323/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0323/2016

Fecha: 20-Sep-2016

CONSIDERANDO II: Que, así planteados los recursos, corresponde su análisis y consideración, de donde se

CONSIDERANDO II: Que, así planteados los recursos, corresponde su análisis y consideración, de donde se tiene lo siguiente:
II.1. Resolviendo el recurso de casación en el fondo, interpuesto por Patricia Laura Morales Tintilay en representación de la “EMPRESA CONSTRUCTORA INCICO LTDA.”
Que, del examen del recurso de casación, el auto de vista recurrido, los antecedentes del proceso y las normas aplicables a la materia, se tiene lo siguiente:
II.1.1. Sobre el promedio indemnizable, que en criterio de la institución recurrente, el a quo y el ad quem, habrían aplicado erróneamente el art. 19 de la LGT, sin valorar la prueba de fs. 75 y 80 cursante en obrados determinando de forma errada la misma