Auto Supremo AS/0007/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0007/2017

Fecha: 17-Ene-2017

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7.- Respecto a la acusación de haberse infringido el art. 331 del Código de Procedimiento Civil; corresponde señalar que la proposición de pruebas en segunda instancia fueron resueltas mediante Auto de fs. 292, siendo rechazadas por el Tribunal de apelación y en contra de dicha resolución, el recurrente no efectuó observación y/o impugnación alguna, por lo que el debate sobre su admisibilidad quedó cerrado, no pudiendo forzarse su consideración basado en el criterio de haberse infringido el art. 331 del Código de Procedimiento Civil, debiendo recordar el recurrente que el reclamo sobre su admisibilidad ha precluído