Auto Supremo AS/1171/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1171/2017

Fecha: 01-Nov-2017

Por lo expuesto se concluye que la infracción de los arts

Por lo expuesto se concluye que la infracción de los arts. 1287, 1297, 1330, 1331, 549 inc. 1) y 4), 551, 552 del Sustantivo Civil y arts. 399, 476, 441, 90, 188 num. 1) y 2), 236, 253 num. 1) y 2), 254 inc. 4), 376, 378, 379, 380 y 381, 190 y 192 del Código de Procedimiento Civil, art. 17.II de la Ley 025 y art. 265.I y II del Código Procesal Civil, no resultan evidentes, correspondiendo en ese sentido emitir resolución conforme lo establece el art. 220.II del Código Procesal Civil