Auto Supremo AS/1248/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1248/2017

Fecha: 04-Dic-2017

A los efectos de otorgar una respuesta corresponde el análisis de la demanda, la cual

A los efectos de otorgar una respuesta corresponde el análisis de la demanda, la cual sobre el particular señala que : “ los socios al haber sido obligados a CENTRALIZAR la producción, fue con el único objetivo que de dicha CENTRALIZACION y su posterior flotación, la cooperativa y los socios que la componen obtengan un beneficio o utilidad que mejore las condiciones de vida y trabajo en la mina, sin embargo el Presidente saliente y su Directorio, desde la CENTRALIZACION (Febrero de 2009), hasta la fecha no ha rendido cuentas de la flotación”… “ por consiguiente dicho tratamiento y posterior venta, debió beneficiar a la cooperativa, sin embargo hasta la fecha no se tiene resultados a favor o en contra, por lo que se hace imperioso conocer el manejo económico efectuado por la Directiva saliente.” Líneas siguientes refiere que se dirige la demanda de forma taxativa contra Freddy Villa Vargas, Nicolás Jaimes Moreno, Leoncio Morales Parraga, y Edwin Irineo Janco Vega, del contexto de toda la demanda se logra evidenciar, que no está dirigida únicamente en contra Edwin Janco como refiere el recurrente o que los fundamentos se encuentren avocados a ese codemandado, sino por el contrario el contexto de la misma hace referencia a que todo el directorio demandado, por lo que, la Sentencia ha sido dictada en forma congruente con la demanda, no resultando evidente lo acusado, por cuanto, la nulidad invocada no resulta trascedente