Auto Supremo AS/1248/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1248/2017

Fecha: 04-Dic-2017

Resoluciones que puestas en conocimiento de las partes, dio lugar a que Nicolás Jaimes Moreno

De igual forma, el citado Tribunal de Alzada ante la solicitud de explicación formulada por Nicolás Jaimes Moreno por memorial de fs. 965 y vta., y por Leoncio Morales Párraga tal como consta de fs. 977 y vta., emitieron los Autos de fecha 24 de abril de 2015 que cursa a fs. 966 y de fecha 14 de mayo de 2015, disponiendo “no ha lugar” a dichas solicitudes.
Resoluciones que puestas en conocimiento de las partes, dio lugar a que Nicolás Jaimes Moreno por memorial de fs. 969 a 974 vta., Leoncio Morales Párraga por memorial de fs. 982 a 988 vta., y Freddy Villca Vargas y Edwin Janco Vega a través del memorial de fs. 992 a 993, interpusieran Recurso de casación; medios de impugnación que en principio mereció el Auto Supremo Nº 728/2016 de 28 de junio cursante de fs. 1020 a 1022 vta., el cual fue dejado sin efecto por el Auto Constitucional Nº 02/2017 de 18 de enero de 2017 (fs. 1041 a 1045), y posteriormente el Auto Supremo Nº 223/2017 de 08 de marzo que cursa de fs. 1057 a 1065, resolución que también fue dejada sin efecto por la Resolución Constitucional Nº 04/2017 de 25 de septiembre fs. 1133 a 1140 vta., la misma que fue pronunciada por el Juez Público Segundo de Familia de la ciudad de Potosí constituido en Juez de Garantías ante la Acción de Amparo Constitucional que fue interpuesta por Nicolás Jaimes Moreno contra los Magistrados de la Sala Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, donde resolvió CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo se deje sin efecto el Auto Supremo citado supra y que este Tribunal emita uno nuevo considerando la pertinencia y congruencia sobre los puntos del recurso de casación, toda vez que el Auto Supremo habría incurrido en incongruencia citra petita, es decir omitiendo alguna de las pretensiones deducidas en el recurso de casación planteado por Nicolás Jaimes Moreno; en este sentido se pasa a analizar nuevamente el recurso de casación