Auto Supremo AS/1248/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1248/2017

Fecha: 04-Dic-2017

Asimismo señala que el fallo accionado es incongruente, porque en el Auto de Vista no

Asimismo señala que el fallo accionado es incongruente, porque en el Auto de Vista no existe pronunciamiento sobre el reclamo que refiere que la autoridad de primera instancia reconoció que: “No se conoce con exactitud a cuánto asciende la deuda que habría adquirido los demandados a nombre de la entidad demandante para que a partir de ello se conozca a ciencia cierta la deuda asumida, así también no existe prueba respecto a la flotación de mineral en el Ingenio Cristo Redentor de 60 Toneladas días”, sin embargo dicha resolución habría dispuesto la rendición de cuentas de la flotación de minerales, por lo que la sentencia no estaría motivada ni fundamentada; situación que no habría merecido respuesta alguna