Auto Supremo AS/0021/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0021/2017

Fecha: 24-Feb-2017

Bajo ese escenario, para resolver la controversia jurídica suscitada entre partes no es suficiente acudir

Bajo ese escenario, para resolver la controversia jurídica suscitada entre partes no es suficiente acudir al contenido de los mencionados documentos, siendo así necesario mayor respaldo probatorio que desvirtúe lo afirmado por la parte actora en su demanda en cuanto a la existencia de la relación laboral, y por el contrario, se demuestre lo afirmado por la parte demandada en su defensa, en correcta aplicación a los principios de primacía de la relación laboral y de inversión de la prueba en favor del trabajador, comprendidos en el art. 48.II de la CPE, a los que deben agregarse los principios de la primacía de la realidad, ínsito en el art. 4 de la Ley General del Trabajo (LGT) y art. 4.I.d) del DS N° 28699 de 1 de mayo de 2006 y la verdad material, como principio que fundamenta la jurisdicción ordinaria, conforme lo anotado en el art. 180.I de la CPE; de manera que se pueda establecer con mayor convencimiento lo realmente sucedido en los hechos