Auto Supremo AS/0021/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0021/2017

Fecha: 24-Feb-2017

Sin multa por encontrarse excusable el error cometido

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA el Auto de Vista N° 328 de 12 de diciembre de 2014, cursante de fs. 2049 a 2050 y el Auto Complementario de fs. 2054, emitidos por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, y deliberando en el fondo mantiene firme la Sentencia No 26 de 28 de marzo de 2013, cursante de fs. 1250 a 1261, con las modificaciones siguientes: i) Se excluye de la liquidación para todos los actores impetrantes el concepto de horas extras; ii) Se excluyen los 12 sueldos reconocidos a favor de Tatiana Verónica Calizaya Juaniquina, Rubén María Burgos Yamashiro y Marcos Flores Alonso; iii) Se excluyen las asignaciones familiares para Tatiana Verónica Calizaya Juaniquina y Rubén María Burgos Yamashiro, y; iv) Se mantiene las asignaciones familiares para Marcos Flores Alonso bajo la condición anotada “ut supra”; debiendo procederse en ejecución de fallos a la liquidación correspondiente por el juez de la causa.
Sin multa por encontrarse excusable el error cometido